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 ¿Qué es el Comité Científico 
 Asesor de Cambio Climático? 

 

El Comité Científico Asesor de Cambio Climático tiene el rol de brindar asesoramiento al Ministerio del Medio Ambiente en los aspectos científicos que se requieran, entre otros, para la elaboración, diseño, implementación y actualización de los instrumentos de gestión del cambio climático establecidos en la Ley Marco de Cambio Climático. Para ello, ha abordado diferentes aspectos críticos del cambio climático, con una mirada global y local, tales como Adaptación, Mitigación, Energía, Agua, Biodiversidad, Ciudades, Criósfera, Antártica y Océanos.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación tiene un rol clave en la implementación de la Ley Marco de Cambio Climático, tanto en la coordinación y fomento de capacidades CTCI, como en el apoyo a que las resoluciones políticas se fundamenten en evidencia científica rigurosa y actual. En esta línea, se configura como la entidad encargada de la Secretaría Técnica de Comité Científico Asesor.

 

 

 Mandato legal 

 

Para garantizar la integración del conocimiento en la gestión y respuesta al Cambio Climático, la Ley Marco de Cambio Climático (N° 21.455, 13 de junio 2022), establece la creación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático. Esta acción concreta la voluntad del Estado de Chile por institucionalizar el conocimiento en la toma de decisiones estratégicas en materia climática.

En su calidad de órgano consultivo, el Comité tiene la responsabilidad de brindar asesoramiento al Ministerio del Medio Ambiente en los aspectos científicos que se requieran, entre otros, para la elaboración, diseño, implementación y actualización de los instrumentos de gestión del cambio climático establecidos en la Ley Marco de Cambio Climático. Esta función se traduce en acciones concretas, tales como el análisis de aspectos científicos asociados a la gestión del Cambio Climático, la elaboración de informes previos y la colaboración en la Estrategia de Desarrollo y Transferencia de Tecnología, entre otros.

La conformación del Comité está regida por criterios técnicos y éticos como la excelencia, transparencia, imparcialidad, interdisciplinariedad y equidad de género, lo que asegura una representación experta y diversa. Además incorpora criterios adicionales que velan porque el Comité esté compuesto por profesionales altamente calificados y con una amplia representación geográfica del país.

El reglamento que rige al Comité, expedido por decreto supremo del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, y suscrito por el Ministro del Medio Ambiente, establece un marco operativo que garantiza su funcionamiento eficaz y transparente. La secretaría técnica del Comité, ejercida por el Ministerio de Ciencia, proporciona el apoyo técnico y logístico necesario para su adecuado funcionamiento, asegurando así la continuidad y coherencia de su labor.

 Funciones y tareas del Comité Científico 

 

De acuerdo a la Ley Marco de Cambio Climático, corresponderá especialmente al Comité Científico las siguientes funciones:

  1. Analizar los aspectos científicos asociados a la gestión del cambio climático y proporcionar una perspectiva de largo plazo para informar la definición de los objetivos de los instrumentos de gestión del cambio climático.

  2. Elaborar informes previos requeridos por la Ley de Cambio Climático, los cuales deben considerar la coherencia de la propuesta normativa y la última evidencia científica disponible.

  3. Colaborar en la elaboración de la Estrategia de Desarrollo y Transferencia de Tecnología, proporcionando lineamientos de investigación y observación sistemática relacionados con el clima.

  4. Colaborar en la elaboración de la Estrategia de Creación y Fortalecimiento de Capacidades.

  5. Identificar y contextualizar tendencias globales sobre la investigación y observación sistemática del cambio climático, para aportar insumos en el diseño de políticas públicas para la acción climática en Chile.

  6. Proponer estudios y resolver consultas formuladas por el Ministerio del Medio Ambiente en las materias mencionadas anteriormente.

Asimismo, el Comité podrá proponer recomendaciones y lineamientos de investigación científica en materia de cambio climático, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 6º, Nº 2, letra a), y 39 inciso segundo, de la LMCC, como también, para el funcionamiento y administración del Sistema Nacional de Acceso a la Información y Participación Ciudadana sobre Cambio Climático consagrado en el artículo 27 de la LMCC.

 

 Secretaría Técnica 

 

La Secretaría Técnica es una entidad administrativa clave dentro del Comité Científico Asesor, establecida para asegurar el funcionamiento efectivo y eficiente del Comité. De acuerdo con la ley vigente, esta responsabilidad ha sido encomendada al Ministerio de Ciencia. Para cumplir con estas obligaciones, el Ministerio designará a uno o más funcionarios de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, uno de los cuales será designado como el Secretario o Secretaria Técnica. El Ministerio de Ciencia también se compromete a proporcionar todos los recursos materiales que sean necesarios para el desempeño del Comité y a brindar apoyo profesional especializado en áreas como la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) y la Estrategia Climática a Largo Plazo (ECLP).

Las funciones de la Secretaría Técnica son diversas e incluyen la coordinación del apoyo profesional científico necesario para las tareas del Comité, la gestión y entrega de informes e insumos técnicos, y la programación y convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité según se requiera. Adicionalmente, la Secretaría Técnica mantiene un registro formal de todas las deliberaciones y decisiones tomadas en cada sesión del Comité, garantiza la publicación de actas y resoluciones en la página web del Ministerio de Ciencia y sirve como el principal punto de comunicación entre el Comité y otros órganos gubernamentales pertinentes. La Secretaría también tiene el mandato de apoyar en la implementación de las iniciativas y resoluciones que el Comité decida emprender. 

 

 Forma de trabajo 

 

El Comité Científico Asesor para el Cambio Climático se debe reunir mensualmente en sesiones ordinarias y adicionalmente en sesiones extraordinarias cuando así se requiere. Estas reuniones pueden realizarse tanto en el Ministerio de Ciencia como a través de medios telemáticos. La presidencia del Comité es la encargada de convocar las sesiones y la Secretaría Técnica, ejercida por el Ministerio de Ciencia, es responsable de citar estas reuniones.

Los miembros del Comité tienen la tarea de proveer documentación, datos y otros antecedentes científicos relevantes. También pueden proponer y realizar diagnósticos, análisis o estudios científicos relacionados con el cambio climático. La presidencia del Comité dirige las sesiones, orienta los debates y propone la planificación anual. Las decisiones se toman con el voto mayoritario de los miembros presentes, y la Presidencia tiene el voto decisivo en caso de empate.

La Secretaría Técnica, gestionada por el Ministerio de Ciencia, convoca a las sesiones y mantiene un registro de las actas y decisiones. Estos registros son publicados en el sitio oficial del Ministerio del Medio Ambiente y en la página de transparencia del Ministerio de Ciencia, garantizando la transparencia en todas las acciones del Comité.

La participación en el Comité es ad honorem, lo que significa que los miembros actúan de manera voluntaria y no se crea un cargo público por su participación.

 

 Comité 2020 - 2022 

 

El primer comité, llamado Comité Científico de Cambio Climático (C4), fue establecido con el propósito de coordinar las contribuciones de la comunidad científica en los encuentros internacionales sobre Cambio Climático en 2019, incluyendo la Cumbre de Acción Climática de Naciones Unidas y el IPCC (COP25), que fue organizada por Chile.

Este espacio comenzó a operar en 2019 y, en octubre de 2020, fue formalizado mediante un decreto por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Desde su inicio y hasta 2022, el Ministerio de Ciencia actuó como secretaría ejecutiva del C4, y el financiamiento de sus actividades hasta el 2021 provino de recursos de la Unión Europea, en relación con la COP25.

El comité ha asesorado sobre temas relacionados con el Cambio Climático, analizado evidencia a nivel nacional e internacional, y propuesto recomendaciones y evidencia relevante para políticas públicas y estrategias climáticas. Su estructura inicial incluyó a expertos en diversas áreas, desde clima y adaptación hasta biodiversidad y energía. Con el tiempo, algunos miembros originales dejaron el comité y fueron reemplazados por otros especialistas.

Para canalizar eficientemente su trabajo, el C4 estableció mesas temáticas que abordaron áreas clave como agua, biodiversidad, ciudades, entre otras, convocando a cientos de investigadores del país y generando numerosos reportes basados en evidencia científica.

El primer Comité Científico Asedor de Cambio Climático estuvo compuesto por: 

Maisa Rojas

Universidad de Chile / Actual Ministra del Medio Ambiente

Juan Carlos Muñoz

Pontificia Universidad Católica de Chile / Actual Ministro de Transporte y Telecomunicaciones

Linda Daniele

Universidad de Chile

Pablo Marquet

Pontificia Universidad Católica de Chile

Anahí Urquiza

Universidad de Chile

Elizabeth Wagemann

Universidad Diego Portales

Paulina Aldunce

Universidad de Chile

Alejandra Stehr

Universidad de Concepción

Sebastián Vicuña

Pontificia Universidad Católica de Chile

Humberto González

Universidad Austral de Chile

Rodrigo Palma

Universidad de Chile

Laura Farías

Universidad de Concepción

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